|
Punto 1º.- El año natural de la Peña comenzará el día 1 de Diciembre,
finalizando el 30 de Noviembre. Siendo la Asamblea General Ordinaria el
último domingo de Noviembre.
Punto 2º.- Las salidas puntuables y oficiales se realizarán en Domingo
y empezarán el primer domingo de Marzo y finalizarán el penúltimo domingo de Noviembre.
No se realizarán salidas oficiales con coche escoba durante el mes de agosto, aunque se quedará a las 8:00, ni durante los meses de diciembre, enero y febrero, aunque se quedará a las 10:00.
Cada salida se valorará con un punto máximo por semana.
Punto 3º.- Antes del comienzo de la temporada de salidas, se hará entrega a cada
socio, de un cuaderno donde se indicará:
- Itinerarios de salidas oficiales.
- Hora de salida.
- Lugar de almuerzo y firma.
- Kilómetros a recorrer en cada etapa.
Punto 4º.- Todo socio que asista a una marcha puntuable o social, está obligado a respetar el código de circulación, atender las indicaciones del jefe de ruta y ser correcto con sus compañeros, ayudándoles en todo cuanto precisen.
Punto 5º.- Todos los participantes en una marcha puntuable, habrán de firmar la hoja de ruta en el lugar que se indique en el itinerario. Es obligación del jefe de ruta, comprobar la hoja de firmas corrigiendo las anomalías que pudiera haber.
Punto 6º.- En caso de avería o accidente, se considerará que ha cumplido el itinerario, tanto el que sufra la avería o accidente , como los que se hayan quedado a auxiliarle.
En caso de enfermedad o accidente de un socio le corresponderá las puntuaciones correspondientes a las salidas en que permanezca en tales circunstancias, siempre que lo comunique a su delegado.
En caso de las féminas este criterio se aplicará en el periodo de menstruación.
Los puntos por enfermedad, están limitados a cinco en el caso de los varones y siete en el caso de las féminas.
Punto 7º.- En caso de mal tiempo se suspenderá la salida:
A) Por incomparecencia de los socios en el lugar de la salida.
B) Por mayoría de votos en contra de dicha salida.
Punto 8º.- Los socios deben aprenderse el recorrido y estar en el punto de reunión a la hora indicada para la salida. No se dará tiempo de cortesía ya que por características de la Peña no se precisa.
Los socios que no puedan o que no quieran ir al ritmo que marque la mayoría, deberán salir 15 minutos antes.
Punto 9º.- Se tratará de recompensar a los socios que obtengan más puntos en la medida que el presupuesto lo permita.
Punto 10º.- El jefe de ruta, siempre que se precise podrá variar la ruta programada.
Punto 11º.- La Peña establece como fiestas especiales, las siguientes fechas:
ÚLTIMO SABADO DE NOVIEMBRE.- Fiesta fin de temporada. La Directiva elegirá un lugar, horario y menú. Podrán asistir los socios con un acompañante, se realizarán las menciones honoríficas a los socios más destacados de la temporada, de acuerdo al punto 9.
ÚLTIMO DOMINGO DE NOVIEMBRE.- Reunión anual ordinaria.
Punto 12º.- Si el presupuesto lo permite, todos los gastos que se ocasionen en la fiesta ciclista, serán asumidos por la Peña. En caso contrario los gastos serán a escote.
Punto 13º.- Todos los beneficios que se produzcan en la Peña, bien por cuotas, esponsors, aportaciones, etc. revertirá en los socios en forma de uniformes, actos sociales etc.
Punto 14º.- En caso de subvencionar un patrocinador los uniformes, se actuará con el siguiente criterio:
La realización de siete salidas en la temporada anterior, da derecho a beneficiarse de la subvención del uniforme.
Los nuevos socios y los antiguos que no realizaron el mínimo de siete salidas, harán efectivo el pago contra la entrega del uniforme, aplicándose el criterio de retornarles una cuarta parte del importe cada siete salidas, hasta un máximo de tres cuartas partes.
Punto 15.- Será obligatorio el uso del uniforme de la Peña en las salidas oficiales. La renovación del uniforme se realizará cuando considere oportuno la Junta Directiva, siendo obligatorio su uso desde la semana siguiente a la entrega.
Por exigencia de la Real Federación Española de Ciclismo queda establecido el uso obligatorio del casco rígido para todas las salidas oficiales.
Punto 16.- El nuevo socio habrá de abonar la cuota anual al darse de alta.
Habiendo equipamientos en la peña para el nuevo socio, será obligatoria su adquisición para el nuevo socio, efectuando el pago al contado y a precio de coste. Si los uniformes hubieran sido subvencionados, se aplicará el artículo 14.
Punto 17º.- La cuota social se abonará anualmente.
El hecho de no tener la cuota abonada el primer mes del tercer trimestre, significaría la baja automática de la Peña.
Punto 18º.- Las cuotas entregadas por los socios, son a fondo perdido y para beneficio de la Peña.
Punto 19º.- La cuota anual para la temporada
se fija en 30 € (Treinta Euros).
Punto 20º.- La directiva sancionará todos aquellos actos antideportivos, según la gravedad de los mismos. Con pérdida de puntos o con la expulsión de la Peña.
Punto 21º.- Es obligación de todos los socios, prestar el servicio de “Coche de Ayuda” en la fecha que indique la Directiva. Es necesario que el coche de ayuda tenga dos plazas libres en el momento de la salida.
El servicio de coche de ayuda será considerado válido si la salida se suspende el mismo día.
Punto 22º.- El incumplimiento del servicio de “Coche de Ayuda”, se sancionará con la pérdida de cinco puntos.
La reiteración en no realizar el servicio de “Coche de Ayuda” será sancionada con la expulsión de la Peña.
Punto 23º.- Todo nuevo socio deberá realizar el Servicio de “Coche Escoba”, pasando a ocupar la posición que corresponda a su número de socio.
Punto 24º.- Para pertenecer a la Peña Cicloturista PEDAL siendo menor de edad, se deberá disponer de una autorización del padre ó tutor.
Punto 25º.- Tras haber realizado doce salidas oficiales se pasará a ser socio de pleno derecho.
Punto 26º.- La Junta Directiva se reserva el derecho de derogar o ampliar cuantos artículos sean necesarios para la buena marcha de la Peña.
Punto 27º.- Todos aquellos casos no citados en el presente reglamento, serán resueltos por la Junta Directiva y sancionados por los socios en asamblea.
Modificado y Ratificado en Junta, el 29 de noviembre de 2009
|